¿Aumento de vacaciones?, ¡sí!
El Senado de la República aprobó reformas a la Ley Federal del Trabajo para que tú y todas las personas trabajadoras, que tengan más de un año de servicio, disfruten de un periodo anual de vacaciones de 12 días.
El pasado 27 de diciembre de 2022, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el cual se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo en materia de vacaciones, el cual entró en vigor el 01 de enero de 2023.
Vacaciones dignas
A este aumento le llaman así porque la intención de las modificaciones de la Ley es que tú como persona trabajadora tengas tiempo para descansar, estar con la familia, realizar más actividades diferentes a las laborales, y así disminuir el estrés y cansancio.
Cambios realizados en la Ley Federal del Trabajo
Esta reforma modificó lo establecido en los numerales 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, referente a los días de vacaciones que le correspondían a cada persona trabajadora, de acuerdo a los años laborados. Se establece un aumento anual de dos días hasta llegar a 20 durante los primeros cinco años. A partir del sexto año aumentará dos días por cada cinco años de servicio hasta llegar a 32.
¿Cuántos días de vacaciones tendré a partir del 2023?
Con esta nueva reforma laboral, tú como persona trabajadora, si cumpliste un año de servicios, disfrutarás de 12 días de vacaciones y así subsecuentemente, por lo que te dejamos la siguiente tabla para que de acuerdo a los años que llevas laborando, identifiques el periodo de vacaciones que te corresponde:
Años de trabajo |
Días de vacaciones |
1 año |
12 días |
2 años |
14 días |
3 años |
16 días |
4 años |
18 días |
5 años |
20 días |
6-10 años |
22 días |
11-15 años |
24 días |
16-20 años |
26 días |
21-25 años |
28 días |
26-30 años |
30 días |
31-35 años |
32 días |
Otro dato
Las modificaciones a la Ley deberán ser aplicables a tu contrato individual o colectivo de trabajo, vigentes a la entrada en vigor del decreto.
Esta modificación a la Ley Federal del Trabajo no tendrá efecto retroactivo, así que no habrá días extras por años pasados laborados.
Información Oficial : DECRETO por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones.
Artículo publicado por:
Lic. Magda Narváez Hernández
Despacho M. Buendía & Asociados